Por las razones expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 457, 458 y 256, ordinales 3º y 4º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, realiza los siguientes pronunciamientos:
1. Declara con lugar la apelación interpuesta por el abogado Arturo Contreras, a favor de los ciudadanos ALVARO ALBERTO ROSALES y ANYER ALEJANDRO BRICEÑO ARAQUE.
2. Decreta la nulidad absoluta de la decisión recurrida, por estar la misma viciada de conformidad con el numeral segundo, del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, del vicio de falta de motivación.
3. Ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público, ante un juez distinto al que dictó la decisión recurrida.
4. Notifíquese a las partes.
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES
ERNESTO CASTILLO
JUEZ PRESIDENTE
ADA CAICEDO
JUEZ PONENTE
DAVID CESTARI
JUEZ TITULAR DE .....