En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos MIRIAM DESIREE RIVAS RIVAS y RODRIGO ANTONIO GARCÍA MARRERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-17.455.312 y V-15.295.463, respectivamente, domiciliados la primera en la calle Las Turbinas, Pedregosa Media, casa A-3, Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y el segundo en la avenida principal Hoyada de Milla, casa 3-75, apartamento número 1, Parroquia Milla del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles. En consecuencia se declara disuelt.....