En consecuencia, este TRIBUNAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01 DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: ACUERDA: ORDEN DE APREHENSIÓN EN CONTRA DEL IMPUTADO JOSÉ FERNANDO OJEDA PEREIRA, venezolano, mayor de edad, natural de Santa Elena de Guairen, Estado Bolívar, nacido el 24-12-1985, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 22.658.034, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Lucete Perera (v) y José Fernando Ojeda (v), domiciliado en San Juan De Lagunillas, sector INREVI, calle N° 01, casa N° 05, de color amarilla con puertas blancas, en toda la esquina de la calle queda una bodega la Pompo de la señora Rosa, Parroquia San Juan De Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. Líbrese los oficios a los órganos de segurid.....