Conforme al art. 53 del Código Penal, se declara SIN LUGAR la conversión de la pena en "CONFINAMIENTO", para el penado RAFAEL ANTONIO COLINA GUILLÉN. Cómputo actualizado conforme al art. 482 del COPP: pena cumplida con redención de 6 AÑOS, 2 MESES Y 23 DÍAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de7 AÑOS Y 6 MESES DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de 1 AÑO, 3 MESES y 7 DÍAS, siendo la fecha de cumplimiento de pena el día 07 -01- 2012, AL FINALIZAR EL DÍA. Remítase copia certificada de la decisión al Director del CPRA, y al Director del Internado Judicial de Coro. Así mismo, envíese las referidas copias, y copia certificada de la sentencia y ejecútese de sentencia, a un Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Coro, como vigilante penitenciario, a los fines de la imposición del presente Auto.