DISPOSITIVO
En mérito de los fundamentos que anteceden este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de PARTICIÓN DE BIEN COMUN, intentada por la ciudadana MARIA ESTHER TORO DE VALERO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad número V-3.034.289, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LEUDIS DEL VALLE VILLARREAL RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.039.142, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.142 y jurídicamente hábil, contra los ciudadanos MARIA PAULA VALERO DE GUDIÑO y MIGUEL ANIBAL VALERO MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-678.969 y V-4.730.181, respectivamente y civilmente hábiles, s.....