En atención y consideración a las razones expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano CARLOS DE JESÚS PACHECO, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.000.600, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente, actuando en su carácter de Beneficiario de la Letra de Cambio objeto de la pretensión, debidamente representado por el Abogado en ejercicio CARLOS LUÍS BOVEA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 14.131.000, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 127.791, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y jurídicamente hábil, en contra del ciudadano JOSÉ DOMINGO PARRA RANGEL, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de.....