Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Califica la APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, en contra del imputado RAÚL ALFONSO MANCILLA, venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 07-08-1971, de 41 años de edad, cédula de identidad Nº 12.656.182, de estado civil: soltero, de oficio: conductor, hijo de Nancy Mancilla de Aguilar (V) y de Raúl Rondón, residenciado en Santa Elena de Arenales, Calle 2, sector Las Rurales, casa N° 26-36, Municipio Obispo Ramos de Lora, estado Mérida, grado de instrucción: Sexto Grado de Educación Primaria, número telefónico: 0274-9991373; por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40, en concordancia con el articulo 15 numeral 2 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vid.....