Por las razones antes citadas, considera quien aquí decide que lo procedente en el presente caso, a los fines de salvaguardar la integridad física del ciudadano CESAR JOSE VICENTE RANGEL LATOUCHE, es declarar con lugar la solicitud de la Fiscalía Superior del Ministerio Público, toda vez que según lo señalado por el Ministerio Fiscal en su petición, la vida de éste se encuentra en peligro, en razón de la presunta conducta asumida por la ciudadana MARIA CRISTINA GRATEROL, siendo que debido al estado de salud de la víctima, ésta situación se agrava más, por cuanto no estaría en capacidad física de repeler cualquier acción en su contra.
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Superior del Ministerio Público y en tal sentido acuerda:
UNICO: MEDIDA.....