este Juzgado de Primera Instancia, en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta el archivo de las actuaciones, de la presente causa, en la cual se le sigue al ciudadano JOSÉ LUIS GAUTIER VARELA, titular de la cédula de identidad N° V-10.544.456, residenciado en la Urbanización Los Parques, calle El Manzano, casa Nro. 236, Quinta San Onofre, El Vigía, Estado Mérida, conforme a los argumentos de hecho y de derecho antes señalados sobre los hechos ocurridos el día 25-06-2003. Y así se decide con los fundamentos de hecho señalados y de derecho siguientes: artículos 4, 5,17 y 34 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia y artículos 4, 5, 6, 13, 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes de la presente decisión, esto es Fiscal del Ministerio Público, Investi.....