...este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE JUICIO N° 04, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 74 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la separación de la causa N° LP11-P-2005-000812, seguidas contra los coacusados PAUL GREGORI QUINTERO BEUSES, venezolano, natural de Trujillo, nacido en fecha 04 de mayo de 1983, de veintidós años de edad, soltero, domiciliado en el Sector Caño Caimán, casa sin número, al lado de la Pescadería Mucujepe, Carretera Panamericana. El Vigía Estado Mérida y RAMON ERNESTO VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.202.065, domiciliado en la Calle 5, diagonal al Estadio de Football, Mucujepe Estado Mérida y en consecuencia se ordena continuar el proceso con respecto a Paul Gregori Quintero Beuses y abrir cuaderno separado con las copias.....