CORRIGE el ERROR MATERIAL en que incurrió este Tribunal en la Sentencia Definitiva N° 159 de fecha 16 de diciembre de 2022, mediante la cual declaró, entre otros aspectos, CON LUGAR la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suscrita y presentada por el ciudadano FREDDY ANTONIO MONSALVE CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.099.569, domiciliado en la Urbanización Campo Neblina, parroquia Antonio Spinetti Dini, municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, a favor de su hija, la adolescente (Se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de quince (15) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-32.297.813, F.N:24/12/2007, y la hermana de ésta, ESTEFANIA MENDOZA BARBIERI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.435.255, domiciliada en Santiago de Chile, Catedral 2575, Santiago, Región Metropolitana y civi.....