DECISIÒN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUCIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGIA, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSE HUGO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 7.641,702, de este domicilio, contra la empresa: HOTEL IBERIA, TASCA Y RESTAURANT C.A., representada por el ciudadano FRANK ALEJANDRO TORRES ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.463.742.
SEGUNDO: No hay condenatorio en costas en razón de la naturaleza de la sentencia dictada.
TERCERO: Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en la dirección denominada http://merida.tsj.gov.ve/.
Publíque.....