declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano Nerio Angel Urdaneta Márquez, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 8.172.473, comerciante, domiciliado en la Urbanización Bubuqui III, calle principal, casa Nº 30-01 del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y civilmente hábil, y reconocida por la ciudadana Maribel del Carmen Arias, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.899.119, domiciliada en Caño Seco II, calle 3-B, Nº 52 a dos cuadras de la Universidad Simón Rodríguez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y jurídicamente hábil.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Prefectura Civil del Municipio Encontrados, Distrito Colón del Estado Zulia, en fecha 08 de septiembre de 1979, inserta bajo.....