este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Se declara de oficio nula la audiencia celebrada por el Tribunal Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo, actuando como Tribunal de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente, en fecha trece de noviembre de dos mil uno (13-11-2001), que riela a los folios 30, 31 y sus respectivos vueltos. Segundo: Se declara de oficio la nulidad absoluta de las actuaciones contenidas en los folios 34, 35, su vuelto, 36, 37, 40, su vuelto, 41, 42, 43, su vuelto, 44, 45, su vuelto, 47, 48, 49, su vuelto, 50, 51, su vuelto, 52 su vuelto, 53, 54, su vuelto, 55, 56 57, 58, su vuelto, 59, 60, su vuelto, 61, 63, 64, 65, 66, su vuelto, 67, 68, su vuelto, 69, 70, .....