Este Juzgado de Primera Instancia Penal, en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara con lugar la prescripción de la Acción Penal y en consecuencia decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, y se declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, en la cual se encuentra como imputado el ciudadano HERNANDEZ ZAMBRANO JESUS DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad N° 11.912.336, residenciado en el Barrio La Blanca, avenida 6, entre calles 1 y 2, casa N° 1-13, parroquia Rafael Pulido, Estado Mérida, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 377, único aparte del Código Penal, en perjuicio de los menores HERNANDEZ COLMENARES JESUS ANGEL y HERNANDEZ COLMENARES JENNIFER, menores de edad, residenciados en el Barrio La Blanca, avenida 6, entre calles 1 y 2, casa N° 1-13, parroquia Rafael Pulido, Est.....