Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la aprehensión en flagrancia en contra del imputado PEDRO ENRIQUE RUBIO, venezolano, natural de Santa Elena de Arenales, Estado Mérida, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.762.357, soltero, con segundo grado de educación primaria, hijo de María Teresa Rubio (v) y Pedro Eduardo López (f) nacido en fecha 01-12-1970, domiciliado en Guachizon Abajo, sector la providencia, vía panamericana, a 100 metros del Colegio la Providencia, al lado de Miriam Altuve, rancho de caña brava, Mérida Estado Mérida, teléfono 0424-7520481, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previstos y sancionados en los artículos 39 y 50 de la Ley Orgánica S.....