ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA CON LUGAR, la solicitud formulada por el ciudadano GABRIEL MORA GUIZA venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-9.197.206, y se ORDENA la exclusión de pantalla del vehiculo CLASE: CAMION, MARCA FORD, MODELO F-350 4X4 EFI/F-350, COLOR BEIGE, TIPO ESTACAS, USO CARGA, AÑO 2009, PLACA A18BA5G, SERIAL DE CARROCERIA 8YTKF375298A35693, SERIAL DE MOTOR 9A35693 del Sistema de Información Policial, en tal sentido, se ordena librar oficio al Comisario jefe de la delegación Mérida del Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC), a los fines de la exclusión del vehículo del registro de solicitado. Notifíquese a la Fiscal y al solicitante.
EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02
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