Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 250 y 251, parágrafo segundo, del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la medida de privación judicial preventiva de libertad, contra el imputado Greys Zain Barrios Uzcátegui, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.175.534, de 28 años, nacido en fecha 31 de agosto de 1978, soltero, comerciante, residenciado en Residencias El Trapiche, Torre B-1, piso 4, apartamento 42, Municipio Campo Elías, Ejido, Estado Mérida.
Líbrese boleta de notificación a las partes, informándole del contenido de la presente decisión. Ofíciese a los organismos de seguridad del Estado, ordenándoles ejecutar la aprehensión contra el ciudadano ya identificado, participándoles que una vez ejecutada la misma, debe.....