En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO intentada por la ciudadana ADAMILKA LEO MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.075.673, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Mérida y civilmente hábil, asistida por el abogado RICARDO JOSÉ SÁNCHEZ D’ALESSANDRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.966.738, inscrito en el inpreabogado bajo el número 109.918, domiciliado en la ciudad de Mérida estado Mérida y jurídicamente hábil, inserta por ante la Prefectura Civil del Municipio Libertador estado Mérida, bajo el N° 13, folio 14, al año mil novecientos noventa.....