Visto el Desistimiento de la presente causa, hecho en fecha 18 de febrero de 2008, por los ciudadanos AMALIS DEL CARMEN VERA FRANCO, asistida por el Abogado Kavier Celipe Salas Valecillos, con el carácter de Parte Actora y GERZON OSWALDO GÓMEZ MÁRQUEZ, asistido por el Abogado Andrés Arias Rey, con el carácter de Parte Demandada, quienes desiste de la presente causa, por Divorcio Ordinario, que obra al folio 21 y vuelto del presente expediente, este Tribunal en vista de que el Estado debe procurar y resguardar la Institución del matrimonio, homologa dicho desistimiento y en consecuencia procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio, y se archiva el expediente.
EL JUEZ ,
JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA,
ABG. NORIS C. BONILLA V.