CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL SOLICITADA, para el COBRO DE BENEFICIOS por ante el INSTITUTO AUTÓNOMO HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LOS ANDES MÉRIDA, relacionado con las Prestaciones Sociales, y cualquier otro beneficio laboral que le pudiera corresponder al adolescente OMITIR NOMBRE, de quince (15) años de edad, dejados por su legitima madre la causante ANA MARIA ROJAS MARQUEZ, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.042.736, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código Civil en concordancia con el Artículo 177, Parágrafo cuarto, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. "Se deja a salvo los derechos de terceros" Resuelve: Autorizar suficientemente al ciudadano JACINTO PRIETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.770.899, en su carácter de padre y representante legal del adolescente de autos; para que pueda tramitar y cobrar cantidades de dinero del.....