vista la demanda propuesta por la sociedad mercantil "ADMINISTRADORA VIACSA, C.R.L." a través de su Director Principal, ciudadano LUIS ARRAMBIDE NOGUEIRA, Uruguayo, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. E.81.378.214 y hábil, asistido en este acto por el abogado OSWALDO JOSE GUERRERO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 2.521.511, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 58.295 de este domicilio y hábil. CONTRA: GABRIELA LUCIA RAMIREZ PERDOMO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.163.601, de este domicilio y hábil, por DESALOJO. Es por lo que se ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia, se ordena la citación de la ciudadana antes identificada, para que comparezca por ante este Tribunal en el SEGUNDO día de despacho siguiente a que conste en autos su cit.....