PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA a al ciudadano NELSON ENRIQUE ARAUJO ALDANA, venezolano, natural del estado Mérida, nacido en fecha 21/10/1977, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.459.502, estado civil soltero, grado de primer año de bachillerato, ocupación u oficio albañil, hijo de Gladys Aldana y Nerio Araujo, residenciado en el sector Piedra Gorda, carretera Trasandina, casa s/n, punto de referencia como a 500 metros de la Capilla de San Benito, Timotes, municipio Miranda del estado Mérida, teléfono 0416/47993108, (actualmente recluida en el Centro Penitenciario de la Región Andina), por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149, primer aparte, de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el artículo 163.7.....