declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana ANYINEY ELENA ANGULO DE RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.400.306, domiciliada en Mérida Estado Mérida, contra el ciudadano JAMES ELPIDIO RIVAS RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.700.240, domiciliado en Mérida Estado Mérida, con fundamento en la causal segunda referida al abandono voluntario establecida en el artículo 185 del Código Civil vigente venezolano, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial entre los ciudadanos ANYINEY ELENA ANGULO MARQUEZ y JAMES ELPIDIO RIVAS RIVERA, ambos ya identificados, contraído por ante la Prefectura Civil hoy Registro Civil de Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida, en fecha diecisiete de septiembre de 2004 (17/09/2004), tal como consta en Acta de Matrimonio signada con el N° 43