Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nro 05 del Circuito Judicial Penal del Estadio Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de HUMBERTO GARCÍA COLLS, venezolano, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 15.356.728, residenciado en el Municipio Alberto Adriani, de El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 466 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JEAN SUE GUTIERREZ GIL, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.365.588, residenciado en Caño Seco II, calle 8, casa 58, diagonal al supermercado Santo Niño, El Vigía, Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 466 del Código Penal, y el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal y artícu.....