Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la aprehensión en flagrancia en contra del imputado DERVIS JOSE PIÑA AZUAJE, natural Caja Seca, Estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº 20.048.947, nacido en fecha 05-11-1984, de profesión u oficio obrero, grado de instrucción tercer grado, años de edad 26, hijo de PEDRO MIGUEL PIÑA (V) y GLADYS JOSEFINA AZUAJE TERAN (V), residenciado Muyapa, parte baja, sector Los Rurales, fina Don Neri Casa de color amarilla sin número, propiedad del (Dr. Benito Quiñónez, teléfono 0414-7293399) Parroquia Independencia, Municipio Tulio Febres Cordero, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgáni.....