Declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSE LUIS MORA MENDEZ Y ANA ESTELA RONDON CONTRERAS, identificados en autos, en fecha veintitrés (23) de diciembre del año 1995, contrajeron matrimonio civil, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Tovar, Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 73 del libro de registros de matrimonios llevados por ese despacho.