DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE la pretensión de amparo constitucional incoada por la Abogada MARÍA GABRIELA RONDÓN VALDERRAMA, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ADELFO ANTONIO SUÁREZ DURÁN, por la presunta omisión y retardo injustificado, en que supuestamente ha incurrido el Juez de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, sede Mérida, a cargo del Abogado EFRAÍN ALEXIS RIVAS SOSA, al presuntamente no decidir acerca de la entrega material o no del vehículo marca Toyota, modelo Land Cruiser, año 1980, color azul, placas A51AR3E, en el.....