DISPOSITIVA.
PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de nulidad interpuesta por el Abogado Francisco Ferreira, en contra de la decisión emitida en fecha 10 de noviembre del 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 04 de esta sede judicial, ello de conformidad con el criterio vinculante establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 04 de Marzo del 2011, con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, dictada en el expediente 11-0098, la referida sala señaló que la nulidad no puede ser utilizada como medio de impugnación.
SEGUNDO: Se declara INOFICIOSO, pronunciarse sobre la apelación interpuesto por la defensa, con la decisión dictada por el tribunal a quo, que negó la practica de las experticias al vehículo solicitado, toda que el Tribunal de Juicio N° 05 de esta sede judicial, en fecha 27 de Enero del 2015, dictó decisión acordando la entrega del vehículo, sobre la cual subyacía el interé.....