Por lo anteriormente expuesto ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, a emitir los siguientes pronunciamientos: 1.- Se amplia el régimen de prueba por el lapso de un (01) mes a los acusados RAMÓN BELANDRIA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.038.999, natural de San Rafael de Mucuchies, Estado Mérida, nacido en fecha 27/10/1946, de 60 años de edad, soltero, comerciante, hijo de Ernesto Belandria (f) y Griselda García (v), residenciado en la Carretera Nacional Mérida-Barinas, La Mitisut, Estado Mérida, teléfono 0416-0876991, 0274-8988315 y CESAR AUGUSTO MORILLO MONSALVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.108.964, natural de Santo Domingo Estado Mérida, en fecha 30/11/1968, de 40 años de edad, soltero, .....