JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 10 de Junio del dos mil ocho.-
198º y 149º
I
Visto el escrito de fecha 05 de Junio 2008, de demanda por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, intentada por la abogada en ejercicio NELY COROMOTO BASTIDAS BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 10.564.748, con domicilio en el sector El Arbolito, Jurisdicción del Municipio Pueblo Llano del estado Mérida, actuando en su carácter de coapoderada judicial de su legítimo padre ciudadano RAMÓN ANTONIO BASTIDAS VERGARA, quien es venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 654.551, y asistida por el abogado en ejercicio ANTONIO JOSE RIVAS JEREZ, quien es venezolano, mayor de edad e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 49.415, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la admisión o no de la presente demanda, observa:
Del libelo de de.....