DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se homologa la transacción celebrada por las partes involucradas en el proceso, ciudadano TOMAS ANTONIO LEON CONTRERAS, parte actora, a través de su apoderado judicial abogado JULIO CESAR BALZA DAVILA, y el ciudadano JUAN DE DIOS LEON CONTRERAS, parte demandada, impartiéndole a la misma el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide; SEGUNDO: Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente conforme a la ley, una vez quede firme la presente decisión y se le dé cumplimiento al numeral TERCERO de la transacción y así se decide.-