Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, fue incoado por el abogado en ejercicio JESUS BAYARDO SANCHEZ BRICEÑO inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 103.153, en su condición apoderado judicial del ciudadano ALBERTO JOSE FEBRES CORDERO CRIOLLO, Venezolano, mayor de edad, Ingeniero Mecánico, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.516.703, a intentado contra la empresa "TELECOMUNICACIONES INTER-PLANET (TELEPLANET) C.A. Y MATTIA DI POPOLO SALVATORE, en su condición de presidente de la misma y de librados aceptantes, de conformidad con el articulo 640, del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 410 y 411 del Código de Comercio. Y ASI SE DECIDE.
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