En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTAS DE NACIMIENTO y MATRIMONIO, intentada por la ciudadana OLGA MARÍA VENTO DE MELENDEZ, venezolana mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-3.495.570, domiciliada en Carora, Municipio Torres Estado Lara, y civilmente hábil, a través de su apoderada judicial abogada, AIDA COROMOTO QUINTERO QUINTERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V- 3.767.724, e inscrita en el inpreabogado bajo el número 14.057, domiciliada en la ciudad Mérida Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil. Correspondiente al número 178, foli.....