Este Tribunal admite la referida cita de tercero de conformidad con la norma procedimental supra-invocada. En consecuencia obrando de conformidad con el único aparte del artículo 386 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal suspende el curso de la presente causa por el término de 90 días continuos, a fin de que se realice la cita y su contestación, con la advertencia, que si no se propusieran nuevas citas, la causa seguirá su curso el día siguiente a la contestación, aunque dicho término no hubiese vencido, quedará abierta a pruebas el juicio principal y la cita. De igual forma se ordena la citación de la Empresa PROSEGUROS S.A, en la persona de su Gerente de la Agencia Sucursal en Mérida, ciudadano ANTHONY RODRIGUEZ, anteriormente identificado, en la forma ordinaria mediante boleta para que comparezca por ante este Tribunal, dentro de los TRES DÍAS DE DESPACHO, siguientes aquel en que conste en autos su citación, a fin de que presente por escrito su contestación a la cita y p.....