PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; ténganse como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: GERONIMO RIVAS RODRIGUEZ, quien en vida fuese venezolano, natural, de Mucupis parroquia San José Municipio Campo Elías del estado Mérida, titular de la cedula de identidad Nº 5.205.524 de setenta y cuatro años de edad, , fallecido en fecha 16 de Noviembre de 2008, según Acta de Defunción Nº 91, del año 2008, los ciudadanos DAVID RIVAS ROJAS, GERMAN ENRIQUE RIVAS ROJAS, JOSEFA RIVAS ROJAS, GERONIMO RIVAS ROJAS, FATIMA DEL ROSARIO RIVAS ROJAS, MARIA VICTORIA RIVAS ROJAS y CARMEN MARIA RIVAS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, solteros, trabajadores informales independientes, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-12.779.510, V-10.105.145, V-13.099.446, V-17521.070, V-17.455.578, V-13.577.607 y V-15.621.413, en su orden, de este domicilio y hábiles. Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las .....