Decisiones del dia 04/11/2015
N° Expediente :
CP-JV-2015-5691
N° Sentencia :
280
Fecha: 04/11/2015
Procedimiento: Nombramiento De Curador Ad-Hoc
Partes: MARYURI CAROLINA GUILLEN FERNANDEZ
Resumen:
ÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, acuerda designarle CURADOR AD-HOC a la niña: SE OMITEN NOMBRES, de diez (10) años de edad, en la persona de la ciudadana MARGEIDY GUILLEN FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.636.302. CÚMPLASE.-
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. ISABEL TERESA MORA GUILLEN
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sria
Exp. Nº CP-JV-2015-5691
Ghuizap.-
Juez/Ponente:
Alix Milena Márquez Jaimes
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación. Sede Vigia
N° Expediente :
LP01-R-2015-000324
N° Sentencia :
Fecha: 04/11/2015
Procedimiento: Sin Lugar El Recurso De Apelación
Partes: ABOGADA FELMARY MÁRQUEZ GUTIÈRREZ, DEFENSORA PÚBLICA CUARTA PENAL EN DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y COMO TAL DEL CIUDADANO KELLY DOMINGO QUINTERO
Resumen:
DISPOSITIVA.
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto en fecha 08 de Septiembre de 2015, por la abogada FELMARY MÁRQUEZ GUTIÈRREZ, Defensora Pública Cuarta Penal en Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y como tal del ciudadano KELLY DOMINGO QUINTERO, en contra de la decisión emitida en fecha 02/09/2015, debidamente fundamentada el 03/09/2015, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, en la cual ratificó al ciudadano KELLY DOMINGO QUINTERO, la medida de protección y seguridad contenida en el artículo 90, numerales 5º y 6º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a favor de la ciudadana MARÍA COROMOTO MOLINA DE QUINTERO.
SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada por estar la misma ajustada a derecho.
Juez/Ponente:
Genarino Buitriago Alvarado
Organo:
Corte de Apelaciones Sala Uno