este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la demanda por reivindicación, intentada por la ciudadana: MAYELY MANZANILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.11.318.259, domiciliada en la población de Nueva Bolivía, Estado Mérida, y civilmente hábil, en contra de la ciudadana: JACKELIN COROMOTO MORENO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.15.525.190, domiciliada en Nueva Bolivía, Municipio Tulio Febres Cordero del Es0tado Mérida.
SEGUNDO: Se declara con lugar la demanda interpuesta por los ciudadanos JACKELIN COROMOTO MORENO CASTILLO Y WUILMER JOSE RANGEL BENCOMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°.15.525.190, y, N°.V-14.237.809, respectivamente, domicilia.....