En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos NILBERT YANET UZCATEGUI GARCÍA y GERARDO JAVIER PAREDES DÁVILA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números V-15.296.835 y V-15.516.085, respectivamente, domiciliados la primera en Residencias La Horqueta, edificio N° 1, piso N° 1, apartamento N° 112, y el segundo en Residencias La Horqueta, torre N° 3, Piso N° 3, apartamento N° 336, ambos en el sector la Pedregosa Sur de la ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por los abogados, FERNANDO RODRÍGUEZ y CARLOS COLINA, venezolanos, .....