PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR Y RESIDENCIARSE EN EL EXTERIOR, suscrito y presentado por los ciudadanos ERNESTO JOSÉ RIVAS CONTRERAS y LYNDA ANDREINA LABRADOR CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-17.129.182 y V-16.039.613, domiciliados el primero en la avenida 16 de Septiembre, residencias Juan 23, torre H, apartamento N° 12, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y la segunda domiciliada en la calle 17, entre avenidas 1 y 2, casa N° 1-44, parroquia Milla, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, teléfonos móviles: 0414-7561314 y 0424-7095786, correo electrónico: ernestorivas321@gmail.com y lyndalabradorc@gmail.com en su orden, y civilmente hábiles; a favor, de la niña MARIÁN VALERIA RIVAS LABRADOR de diez (10) años, titular de la cédula de identidad N° V-34.725.633, F.N: 21/01/2013, Pasaporte N° 174223267; pasándolo en autoridad de cosa j.....