Por tales motivos considera el Juzgador, que esta ajustado a derecho declarar Con Lugar el pedimento hecho por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, en el sentido de otorgar el Sobreseimiento en la presente causa, en consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa A FAVOR DE JOSE GREGORIO BLANCO BLANCO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 14.237.655, residenciada en el barrio San Isidro, casa sin numero, vía panamericana, Arapuey, Estado Mérida y TORRES SANDRO YONIS, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 11.323.728, residenciado en la finca Santa Rosa, vía panamericana, frente al vivero de Arapuey, Estado Mérida, por el delito Lesiones Intencionales Graves que tipifica el artículo 417 del Código Penal, en P.....