Este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY: *******************************************
PRIMERO: Condena al acusado LUIS EMIRO SÁNCHEZ GUTIERREZ, (identificado en autos), por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO (ESCOPETA), previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con los artículos 9 y 25 de la Ley sobre Armas y
Explosivos y 15 y 27 de su Reglamento, establece este delito una pena de prisión de TRES (03) A CINCO (5) AÑOS, siendo su termino medio aplicable, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Código Penal Venezolano Vigente, de CUATRO (4) AÑOS, disminuida a TRES (03) AÑOS, por cuanto el acusado es analfabeta y tiene buena conducta predelictual, rebajada ésta última a la mitad por cuanto el mismo admitió los hechos, de acuerdo con e.....