En mérito de las consideraciones que anteceden, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, en la causa que se le sigue al acusado EZEQUIEL DUARTE MERIDIANO, colombiano, natural de Agua Clara Norte de Santander, titular de la cédula de Identidad N° V.- 23.228.143, fecha de nacimiento 17-10-1958, de 50 años de edad, profesión Operador de Máquinas, casado, hijo de Juan Alberto Dávila (V) y de Inés Meridiano (F), residenciado en el Sector Caño Amarillo, Bloque 10, apto. 3, El Vigía Estado Mérida y actualmente laboró en la Hacienda Caño Amarillo, Propiedad de la ciudadana Herlinda García, teléfonos 0424-7115780 y 0275-4003907, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS Y QUIMICOS PARA SU ELABORACION, previsto y.....