Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley OTORGA: EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, conforme al artículo 272 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, y artículos 479 numeral 1, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del penado EMILIO JOSÉ ARAUJO CARTUISTE, venezolano, cédula de identidad N° 17.029.409, natural de Maracaibo Estado Zulia, nacido en fecha 25-04-11984, de 26 años de edad, de estado Civil soltero, de ocupación y oficio chofer, hijo de Emilio Araujo y de Luz María Cartuiste, domiciliado en Urbanización Los Robles, calle 4, casa N° 232, El Vigía Estado Mérida; por el plazo de: UN (01) AÑO, DOS (02) MESES, Y VEINTISIETE (27) DÍAS, contados a partir del día siguiente a la Imposici.....