DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida a JOSE VICENTE MALDONADO, venezolano, soltero, obrero, natural de Santa Apolonia, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.496.145, residenciado en Agua Blanca Estado Mérida, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 7º del Código Penal Venezolano, perpetrado en perjuicio de JOSE EDISON MORENO, titular de la cédula de identidad Nº E-82.120.626, domiciliado en Tucaní, Barrio Inmaculada, Calle la Clínica, casa S/N, Estado Zulia, y DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3°, 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 or.....