ESTE JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES Y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TITULO ASEGURATIVO, derecho que les asiste a los ciudadanos: HAYDEE LAVINIA AÑEZ DE ALVARADO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-1.647.447, de profesión odontólogo, domiciliada e la ciudad de Mérida civilmente hábil, con el carácter de cónyuge y de los ciudadanos MARIA HAYDEE ALVARADO DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, casada, de profesión comerciante, titular de la cédula de identidad No.V-11.959.687, domiciliada en la ciudad de Mérida, Municipio Libertador Estado Mérida y civilmente hábil, ROMULO ENRIQUE ALVARADO AÑEZ Y CARMEN .....