TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud promovida por la ciudadana MARIA TRINIDAD VALERO DIAZ, en consecuencia, ténganse como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos MARIA TRINIDAD VALERO DIAZ, PORFIDIO DIAZ VALERO, JOSÉ GREGORIO DIAZ VALERO, NELLY DIAZ VALERO Y AURORA VALERO DE DIAZ,, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-10.715.841, V.-12.349.992, V.- 12.349.991, V.-10.716.503 y V.-2.445.293, respectivamente, y civilmente hábiles, en su condición de hijos y cónyuge del causante JOSÉ POMPILIO DÍAZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.445.793, domiciliado en la Parroquia Jají, Sector Loma del Rosario, vía Santo Domingo, casa Nº 3, .....