DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a los Solicitantes ya identificados; en consecuencia Decide:
Declarar Con lugar la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por : DANIEL ENRIQUE SALAS BERRIOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nº V- 17.664.101, y civilmente hábiles, asistido por el Abogado MIGUEL ANTONIO CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 4.965.578, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.601; en consecuencia, los Ci.....