Visto el escrito interpuesto por la defensa pública, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, constituido como Tribunal Unipersonal, representado por el JUEZ RAFAEL RAMON RONDON GRATEROL, en aras de la plena observancia de lo dispuesto en el articulo 334 de nuestra Carta Magna, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS; PUNTO UNICO: Declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa Pública, y por ende la prescripción judicial y ordinaria, a favor del acusado JOSE LEONARDO PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 83.988.165, extranjero, colombiano, obrero, soltero, nacido en fecha 26-04-80, residenciado en La Pueblita, vía la azulita, casa s/n, Estado Mérida, se continua el presente proceso penal, en relación al acusado LUIS ARTURO PÉREZ. Así se decide, regístrese, notifíquese a las partes. CUMPLASE.-