Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal NIEGA el otorgamiento de la formula alternativa de cumplimiento de pena de destacamento de trabajo al penado JOSE LUIS GUTIERREZ CARRERO, quien es venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad n° 10.712.029, y residenciado en la Ciudad de Ejido, Sector Bella Vista, Calle Los Cedros, Casa S/N, de color amarillo, con puerta de color negro de rejas, Municipio Campo Elías, Mérida Estado Mérida, por las razones antes señaladas. Notifíquese a las partes y al penado anexándole a la boleta de este último copia certificada de esta decisión. Cúmplase.
Notifíquese al Fiscal 13° del Ministerio Público, al Defensor Público Abg. Tania Araque y al p.....